La presente entrada tiene como objetivo informar y dar respuesta a sus solicitudes en cuanto a las modificaciones anunciadas y publicadas por SENCE a través de Resolución Exenta que modifica el “Manual de Acreditación SENCE”
OTECs que realicen alguna modificación en el RUDO (SENCE) y/o actualización (cambio de dirección, salida entrada de nombres, cambio de razón social, etc.) y que esa actualización genere una “visita técnica” del SENCE, deberán cumplir con las obligaciones del nuevo Manual de Acreditación SENCE.
Rechazo y confusión: SENCE aumenta el horario de atención y obliga la contratación de personal por media jornada
Como consultores no aprobamos ni acordamos en absoluto con esta modificación, en cuanto es de amplio e histórico conocimiento que los negocios, relaciones, reuniones y comunicaciones de los OTECs no ocurren en estas dependencias, y que tampoco los/as alumnos/as (participantes) hacen visitas presenciales a las oficinas administrativas, algo en lo que el SENCE ha sido terco y se ha ido desconectado al extremo de aumentar la complejidad a un requisito totalmente desactualizado de la realidad del mercado de la capacitación en Chile.
- De la
accesibilidad, ubicación y dimensión de la oficina administrativa:
1.1
Deberá contar con un mínimo de 6 mt2 (metros cuadrados) y la instalación deberá contar con
acceso a sanitarios, sala de espera, hall o similar; señalización de vías de
evacuación, accesos simples (pasillo) a sanitarios si la oficina no cuenta con
uno propio, y en general, que el lugar cumpla con condiciones de acceso,
limpieza, ventilación, etc.
1.1
Deberá contar con infraestructura accesible para personas con discapacidad o movilidad reducida.
Art. 4.1.7 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (Decreto
Supremo N°47)
1.2
Deberá cumplir con la debida “accesibilidad”, esto indica que debe estar
ubicada en sectores céntricos
y/o comerciales de la ciudad/comuna, que cumplan con un entorno seguro
al usuario.
1.3 Prohibición: La modificación en el Manual, ahora prohíbe concretamente la instalación de oficinas OTEC en casas habitacionales o similares, como antes si lo permitía. Se mantiene prohibición de instalación en lugares con expendio de alcohol, juegos de destreza o similares, centros comerciales enfocados en otros rubros, etc. Se recomienda una oficina tradicional en edificios comerciales del centro, o instalación en empresa relacionada al OTEC, si aplicara, como son consultoras que ya cuentan con oficinas físicas, institutos, universidades, municipios y planifican instalar la oficina OTEC dentro de esa persona jurídica.
- Del horario de atención en la oficina administrativa:
- Señalética: el letrero del OTEC deberá indicar días y
horario en relación al punto anterior.
- Letrero: Deberá tener una dimensión mínima de 40x50 cm. Puede contener la razón social o nombre de fantasía.
- Personal y Contratos laborales
3.1
El nuevo Manual exige la contratación de la persona que esté a cargo de la
atención de la oficina administrativa. Debe ser un contrato de trabajo disponible para el día
de la “Visita Técnica”
3.2
El manual exige dos (2)
correos que el OTEC deberá registrar en el proceso: un correo
electrónico institucional del organismo, ejemplo: “hola@otecmiramar.cl” , y otro correo del
representante legal, ejemplo: juan@otecmiramar.cl
3.3 Del Relacionador Técnico: optativo, si el OTEC designa a otra persona, deberá firmar el documento de nombramiento (formato SENCE), caso contrario, la función del Relacionador Técnico, recaerá en su/s representantes legales directamente. El Relacionador Técnico, es un rol para hacer trámites en SENCE (codificar, llevar documentos, llamar por teléfono para situaciones del OTEC, etc., es decir, los trámites bases y que mayoritariamente ya están online)
No tenemos claridad de fecha de respuesta de las consultas enviadas al SENCE. Les serán acercadas de forma inmediata una vez nos escriban o agenden reunión.